¿Eres piloto o tripulante de cabina y trabajas fuera de España? Así puedes aplicar la exención del 7.p del IRPF

Cabina de un avión de pasajeros – exención 7.p del IRPF para pilotos y tripulantes

Si eres piloto o tripulante de cabina, resides en España y has estado desplazado al extranjero o parte de tu trabajo se realiza en el extranjero para una compañía o un cliente extranjero, una parte de tu sueldo puede estar exenta de IRPF. El límite es de 60.100 euros al año.

En aviación, sin embargo, la exención no suele ser aplicada en nómina.

En este artículo te explico los requisitos, cómo se calcula y cómo reclamar lo que hayas pagado de más desde 2022. Llevo años aplicando esta exención a pilotos de aerolíneas, tanto en la declaración como en la defensa frente a Hacienda cuando la cuestiona.

Requisitos del 7.p aplicados al personal de vuelo

La exención tiene los mismos requisitos para todos los trabajadores. En aviación, el que más se discute es para quién trabajas realmente.

RequisitoQué significa si eres piloto o tripulante
Ser residente fiscal en EspañaVivir aquí más de 183 días al año o tener aquí tu centro de intereses económicos. Si resides fuera, el 7.p no es tu vía.
Estar desplazado fuera de España por motivos de trabajoCuentan todos los días en que estás desplazado fuera de España por motivos laborales.
Trabajar para una entidad no residente o un establecimiento permanente en el extranjeroLa aerolínea extranjera para la que vuelas, o el cliente extranjero que contrata a tu compañía española: un turoperador, una aerolínea en wet lease. Que tu empleador español también se beneficie no impide la exención.
País con un impuesto similar al IRPF y que no sea paraíso fiscalNo hace falta que hayas pagado impuestos allí.
No aplicar el régimen de excesosSon incompatibles. En cambio, el 7.p sí es compatible con las dietas exentas.
Límite de 60.100 euros al añoLo que supere esa cifra tributa con normalidad.

Cómo se calcula

La exención se calcula en proporción a los días que trabajas fuera, más lo que cobres específicamente por ese trabajo. El total no puede superar 60.100 euros al año.

Renta exenta = (retribución anual ÷ 365) × días en el extranjero + retribuciones específicas por el trabajo fuera

Ejemplo. Un piloto con un salario de 90.000 euros pasa 120 días al año operando fuera de España:

  • 90.000 / 365 × 120 = 29.589 euros exentos.
  • Con un tipo marginal en torno al 45 %, el ahorro ronda los 13.300 euros al año.
  • Si no lo aplicó, puede reclamar esa cantidad por cada ejercicio no prescrito.

Si no la aplicaste o Hacienda te la discute

Puedes reclamar los ejercicios 2022 a 2025. El plazo para el ejercicio 2022 termina el 30 de junio de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que haber pagado impuestos en el país donde vuelo? No. Basta con que ese país tenga un impuesto similar al IRPF y no sea paraíso fiscal.

¿Cuenta un vuelo de ida y vuelta en el mismo día? Sí. El día cuenta como trabajado en el extranjero aunque salgas y vuelvas en la misma jornada, sea cual sea la hora del vuelo.

¿Puede aplicarla mi empresa en nómina? Sí, puede tenerla en cuenta al calcular tus retenciones. Si no lo hace, puedes aplicarla tú en la declaración.

¿Quieres saber si puedes aplicarla?

Cuéntame tu caso y te haré una primera valoración sin compromiso: revisaré tus vuelos y los años que todavía puedes reclamar.

Escríbeme a maria.garcia@mgarciaabogados.es.

Si quieres una visión general de la exención, lee también ¿Trabajas en el extranjero? Así puedes ahorrar en tu IRPF con la exención del artículo 7.p.